dijous, 17 de març del 2011

CAMBIO INSPECTOR POR AGENTE. RAZÓN: AYUNTAMIENTO DE PATERNA.

Reproducimos en escrito presentado ayer por registro de entrada en el Ayuntamiento de Paterna por parte de las secciones sindicales de CC.OO. y U.G.T.:






Los secretarios generales de las secciones sindicales de U.G.T.  y C.C.O.O. del Ayuntamiento de Paterna, por medio del presente exponen:

            Que el pasado día 15 de marzo del año en curso, en la mesa general de negociación, fueron informados por la Concejal de Personal Dña. María Florentina Villajos Rodríguez, de la Transformación de la plaza número 92, correspondiente a un Inspector de Policía Local en una plaza de agente de la Policía Local, enseñando a los presentes un informe del jefe de personal y una propuesta de la propia concejal, con fecha ambas del 9 de marzo del año en curso.

            Que como estos sindicatos no disponían de los informes mencionados, se solicita a la Concejal copia del expediente, facilitándose  por correo electrónico a las 13:38 horas del mismo día, solamente la documentación anteriormente mencionada.

            Que visto el informe del jefe de personal D. Antonio Romero Esparcia en el cual solamente se hace referencia a la regulación de las entidades locales, obviando la legislación específica que regula los cuerpos de las Policías Locales en la Comunidad Valenciana, como el Decreto 19/2003, de 4 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la Norma-Marco sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana, que en su artículo 1, normativa de aplicación, dice textualmente:
 “1. La presente Norma-Marco será de aplicación directa en los ayuntamientos en los que no exista reglamento de policía local.
2. Los reglamentos de organización y funcionamiento de los cuerpos de policía local de la comunidad valenciana, que se aprueben por las respectivas corporaciones locales, deberán ajustarse a los criterios y contenidos mínimos que se establecen en la presente Norma-Marco.”

            Así como que en su artículo 8 Organización, dice textualmente:

            “1. Los cuerpos de policía local deberán ajustar su organización a las siguiente estructura mínima:
            1.5. En municipios de 50.001 a 100.000 habitantes:
            b) Entre 1 y 3 Oficiales, 1 Inspector.”

            Que en el cuerpo de esta Policía Local hay actualmente 18 Oficiales y 6 Inspectores, (de las cuales solamente 3 se encuentran cubiertas), siendo este el mínimo exigible por la legislación antes mencionada, por lo que si se elimina una plaza de Inspector, ya no se cumpliría el mínimo exigido en el Decreto mencionado.

            Que no se observa en el expediente informe de la Jefatura de la Policía Local ni de la secretaria de este Ayuntamiento.

Que tampoco se ha respetado lo dispuesto en el artículo 37 de la  LEBEP, en materia de negociación, al no haberse negociado la transformación mencionada, ni lo contenido en el
artículo 30.1 de las Normas Reguladoras de las condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Paterna vigentes, que establece textualmente:

            “Se compromete la Corporación a la no amortización de plaza alguna, en tanto no haya sido negociado el correspondiente plan de empleo.”

            Asimismo se está obstaculizando la promoción interna de la categoría de Oficial a Inspector, al transformar la plaza mencionada en una de agente, incumpliendo el artículo 34 de las citadas normas reguladoras del Ayuntamiento de Paterna, y el artículo 18.1 de la LEBEP.

            Por todo ello SOLICITAN:

            PRIMERO.-  Que se incluya el presente escrito en el expediente de la transformación de la plaza mencionada.

            SEGUNDO.- Se solicite los informes de secretaría y de la Jefatura de la Policía Local, para su inclusión en el mencionado expediente.

            TERCERO.- Se incluya en el expediente informe del Jefe de Personal sobre la Legislación especifica de Policía Local mencionada.

            CUARTO.- Se facilite a estas secciones sindicales copia del expediente foliado en el que se incluyan todos los informes referidos. 

            Estas Secciones Sindicales, no obstante, se reservan emprender las acciones administrativas o judiciales que estimen oportunas en cuanto a cualquier irregularidad que se observe en dicho expediente. 

En Paterna, a 15 de marzo de 2011.

Comentario de la reCCOOrdà: Nada nuevo bajo el sol: 
  • No negocian el plan de empleo con los representantes de los trabajadores, 
  • No negocian ni las últimas convocatorias (dos plazas de intendente y una de inspector) y únicamente "dan cuenta" cuando el oportuno chivato les recuerda que se lo han saltado "dando cuenta" después de publicar las plazas en el BOE.
  • Despiden a 10 agentes interinos "para ahorrar" (según ellos) y ahora sacrifican una plaza de inspector para sacar una de agente... el tocomocho era más honesto que esto
  • A Paterna le corresponden 6 inspectores: Ni son pocos ni muchos, son los que marca la Ley. Realmente hay 3: 1 fijo con la plaza pendiente de un contencioso administrativo y 2 interinos; Quedan 3 vacantes y ahora se quieren cargar una.
  • No hay inspector en el turno de noche y a un Oficial se le abona dobles productividades por ello. El mismo oficial que cuando entró de escolta del alcalde se subió la productividad de esta sección un 50% y se bajaron los días de trabajo mensuales también un 50%, el mismo que ha sido el policía con más horas extraordinarias cobradas durante varios años y el mismo que triplicó la factura de teléfono móvil con respecto a la 2ª más cara de todo el ayuntamiento.
  • Por cierto que, por si alguien lo dudaba, también está prohibido el abono de dobles productividades en virtud del Manual de Productividad pactado entre el equipo de gobierno y los sindicatos, ése mismo que suspendió unilateralmente el alcalde Agustí para luego aplicarlo arbitrariamente (esto lo pago, esto no lo pago). Vamos, que mientras NO se paga lo legalmente acordado, SÍ se paga lo legalmente prohibido.
  • Pretender ganar una plaza de agente por una de inspector es tan falso como inútil, porque si convocas las vacantes, los oficiales que asciendan a inspectores dejan sucesivamente vacantes que cubrirán agentes que ascienden a oficiales, dejando sus plazas de agentes vacantes: 1 plaza de inspector genera 1 de oficial y 1 de agente automáticamente.
  • Y para mayor recochineo, tras el comunicado de la "transformación" llega la Villajos y convoca el "Observatorio para el empleo público", creado hace un año y sin convocar hasta ahora.
  • En fin, visca Sant Josep, ya que ésto es "casa Pepe"
Nota final fallera: Llama la atención que en tiempos de crisis, despidos y rebajas de sueldo, los de la falla "el rodillo" no hayan pensado que igual la falla municipal no viene a tener demasiado sentido ni es imperiosamente necesaria. Una cosa hemos de reconoce: si la inteligencia, la coherencia y la eficiencia nos cuesta de encontrar en este equipo de gobierno de traca, igualmente se ha de destacar que en este asunto han puesto en valor su HONESTIDAD, su SINCERIDAD y su TRANSPARENCIA.

No tienen más que acercarse a la plaza Ingeniero Castells y en cuanto vean la falla podrán comprobar que este año VAN A "CREMAR" EL AYUNTAMIENTO